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    Relaciones iglesia-estado : reflexiones sobre su marco jurídico

    Publicado 2000
    “…En efecto, anteriormente el Derecho se fundaba en las nociones de «religión oficial del Estado», la protección del Estado a una confesión determinada y el llamado «Patronato Nacional» del Estado respecto a la Iglesia Católica. Esto último fue recogido en los sucesivos textos constitucionales, dado que, a mérito del pensamiento regalista imperante antes y después de la Independencia, se asumió que recaían en la nueva República los derechos previamente.ejercidos por la Corona de España en materia de presentación a la Sede Apostólica de las dignidades eclesiásticas (González Echenique 1987: 35-37; Interdonato 1981: 91-92; Oviedo Cavada 1987: 18; Ruda Santolaria 1995: 283-287); sin embargo, a diferencia de lo ocurrido con otros países latinoamericanos que invocaron simplemente «de facto» el Patronato, la Santa Sede concedió a los presidentes del Perú tal privilegio por Bula del papa Pío IX. 1 …”
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